ACTUALIDAD NOTICIOSA
 ¡¡Ahora se discrimina con la balanza a la vista!! :

"No se puede confiar en un gordo, porque los gordos son indisciplinados o no tienen autoestima. Si tuvieran cualquiera de esas dos características, no serían gordos". Con esta máxima, un político legendario de la escena nacional festinaba sobre los riesgos de trabajar con personas obesas y, probablemente sin quererlo, regalaba uno de los juicios más lúcidos sobre las connotaciones que tiene la gordura en el trabajo moderno.

Mucho más allá de las apreciaciones valóricas y estéticas que se puedan sostener, lo cierto es que en el plano estrictamente científico la condición física de los colaboradores tiene un efecto potente sobre la productividad del grupo, situación que encuentra su manifestación material en indicadores tan críticos como el ausentismo o la capacidad para asimilar jornadas extenuantes.

Incluso reconociendo que en algunas actividades la apariencia y la capacidad de movimiento pueden resultar menos relevantes que en otras (en tareas estrictamente intelectuales, por ejemplo), no hay que perder de vista que las imágenes que las organizaciones proyectan en sus clientes están indivisiblemente vinculadas con la apariencia de cada uno de sus integrantes y, en esa línea, es menester guardar cierta coherencia.

La tercera arista tiene relación directa con los dictámenes de la ley y de la jurisprudencia. Aquí la obesidad todavía no se convierte en tema caliente, pero más vale adelantarse, pues en otros escenarios se ha forjado una verdadera industria del litigio en torno a las características físicas de las personas. Las reivindicaciones de gordos, negros, amarillos y cobrizos han servido como caldo de cultivo para una formidable casta de abogados y tinterillos que delimitan hasta la paranoia los espacios por donde hay que moverse a la hora de elegir con quién trabajar.

En esa línea, llama la atención el primer y único intento fallido de un connacional: el 28 de diciembre de 2000, un fallo de primera instancia del Quinto Juzgado Civil de Santiago no dio lugar a una demanda bastante sui generis. El "afectado" se sintió ofendido por un aviso de empleo que exigía buena presencia para postular al cargo, aun cuando ni siquiera intentó participar del proceso de selección.

Ciencia pura

Más que en otros temas, aquí la ciencia tiene mucho que decir, pues independientemente de las interpretaciones valóricas que se hacen sobre el tema (todas tan discutibles como legítimas), lo importante son sus implicancias prácticas y reales para el trabajador y, lógicamente, para la organización que uno integra.

El médico de la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, José Antonio del Solar, encabeza desde hace un buen tiempo un programa orientado a medir el "riesgo persona" de los chilenos, y en esa tarea ha adoptado una visión ponderada pero realista sobre la condición física de los chilenos.

"Está comprobado que las personas más deportistas toleran mejor el estrés y el trabajo extenuante. Tanto, que cuando estás con estrés y haces deporte disminuye la sensación de fatiga mental", dice Del Solar.

Pese a lo concluyente que resulta el juicio, hay una gran mayoría que se mantiene fiel a un camino de exceso y sedentarismo.

Una evaluación que la Mutual realizó sobre una muestra de 2.915 trabajadores revela que el 48% de ellos sufre sobrepeso, el 35% tiene un peso normal y el 17% sufre obesidad.

Entre hombres, la situación se agudiza. El 19% padece obesidad, cifra que contrasta con el 12% de las mujeres.

Dicho lo anterior, ¿tenemos manga ancha para discriminar con la pesa en la mano? Para el doctor, no: "Uno tiene que arar con los bueyes que tiene, y en esa línea hay que hacer que la gente mejore, que baje su riesgo persona, antes que discriminar".

Leguleyos

"La gran mayoría de las cosas políticamente correctas son incorrectas. No es justo que un tipo no pueda trabajar por un tema estético, pero todo va a depender del nivel de obesidad. Si para contratarlo tengo que adecuar algunas instalaciones de mi oficina, no es justo tener que hacerlo". El abogado del Estudio Jurídico Otero, Gerardo Otero, tiene la película clara: dentro de los márgenes de la normalidad hay que distinguir la legitimidad de ciertas discriminaciones.

El artículo 19, número 16, de la Constitución de la República, prohíbe "cualquier discriminación que no se base en la idoneidad o capacidad personal", lo que deja un amplio margen de interpretación, pues el alcance del término "idoneidad" resulta a todas luces discutible.

Haciéndose cargo de esta suerte de ambigüedad jurídica, el Código del Trabajo agrega algunas cortapisas. Se entiende por discriminación cualquier consideración en torno a la raza, color, opinión y origen social, pero no se hace mención de la condición física. Incluso en actividades consideradas riesgosas o altamente demandantes en lo físico, el Código del Trabajo exige exámenes médicos. En los mineros, por dar algún ejemplo.

Para la gerenta de Recursos Humanos de Nike Chile, Angélica Arteaga, la "idoneidad" también puede llegar a expresarse en la apariencia: "Si la empresa trabaja sobre un concepto de salud, vida deportiva y vitalidad, la imagen de los trabajadores debe estar en línea" .

Sin riesgo individual

Una variable a considerar dentro del programa de "Riesgo persona" que impulsa la Mutual es su carácter impersonal. Los trabajadores participan sin ninguna aprensión, pues los indicadores arrojan luces sobre la situación general de las empresas que participan y no sobre casos individuales.

El dato no es menor si se recuerda que la participación de las personas en este tipo de programas no siempre resulta tan fluida como se quisiera, sobre todo por el carácter invasivo que podría atribuírseles.

ESTADÍSTICAS

De 2.915 trabajadores, el 48% de ellos sufre sobrepeso, el 35% tiene un peso normal y el 17% sufre obesidad.

EN INTERNET

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Martes 1 de junio de 2004

Diario El Mercurio // Pablo Obregón C.